Ayuda estatal: la Comisión aprueba el régimen de ayuda al cine de España
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El 12 de mayo de 2014, la Comisión Europea resolvió que las modificaciones a un régimen español por el que se conceden deducciones fiscales a producciones cinematográficas y audiovisuales se atienen a las normas sobre ayudas estatales de la UE.
Las modificaciones se refieren a a) la reducción de la deducción fiscal para productores del 20% al 18%; b) la ampliación del alcance de la deducción a los costes de postproducción (para promoción, publicidad y realización de copias) a un máximo del 40 % de los costes de producción; y c) la autorización del régimen durante 6 años, del 1 de enero de 2014 al 1 de enero de 2020. La Comisión concluyó, en particular, que el beneficio de este régimen no depende del gasto de determinada proporción de los gastos de producción en España y, por lo tanto, es compatible con la Comunicación sobre el cine (IP/13/1074).
Además, el régimen se atiene a Comunicación sobre el cine por lo que se refiere a la transparencia, la cobertura de los costes de producción hasta un máximo del 50% y la ausencia de ayuda a actividades específicas de producción. El régimen originario se aprobó en 1985 y las modificaciones en octubre de 2013, cuya eficacia alcanza los ejercicios presupuestarios siguientes al 1 de enero de 2014.
La Comisión está evaluando las modificaciones a otro régimen de ayuda al cine español notificado en 2014.
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