La primera lista pública de deudores con la Administración Tributaria comprenderá alrededor de 5.000 contribuyentes. De acuerdo con lo desarrollado en el artículo 95 de la reforma de la Ley General Tributaria, se identificará completamente al contribuyente, bien sea persona física o jurídica, con su nombre, apellidos, NIF, razón o denominación social completa.
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